¿Qué es el reparto de Utilidades?
- Es un derecho constitucional que tienen los trabajadores.
- Reciben una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón.
¿Cuándo se debe recibir el Reparto de Utilidades?
- Trabajadores que laboran para una persona moral (empresa).A más tardar el 30 de mayo.
- Trabajadores que laboran para una persona física (patrón). A más tardar el 29 de junio.
¿Soy candidato para recibir esta prestación?
- Mientras hayas laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento.
- Tendrás derecho al Reparto de Utilidades, independientemente de que ya no labores en la empresa en cuestión.
¿Para quienes NO aplica el Reparto de Utilidades?
Trabajadores
No aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
Empresas
Se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; a empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
¿Causa impuesto el pago de reparto de utilidades a los trabajadores?
El reparto de utilidades causa impuesto exclusivamente sobre la cantidad que exceda del equivalente a 15 días de salario mínimo.
¿Me pueden multar si no cumplo con el pago de utilidades?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo invita a las empresas y patrones a cumplir con el Reparto de Utilidades en tiempo y forma, pues de no hacerlo conlleva a multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo señala la LFT.
¿Cómo puedo recibir asesoría sobre el Reparto de Utilidades?
La PROFEDET pone a disposición del público sus servicios de orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, a través de correo electrónico [email protected], o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país,de igual forma, síguenos en las redes sociales.
Información recabada por Valeria Fuentes.