El 30 de abril de 2016 escribía la columna titulada “Estigma, Jóvenes y Marihuana” relatando la iniciativa que introdujo Peña Nieto el 21 de abril de 2016 en el Congreso de la Unión y, tal como lo predije, fue publicada el 17 de junio de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, mandatando a la Secretaría de Salud el diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, entre los que se encuentra el tetrahidrocannabinol, sus isómeros y variantes estereoquímicas, así como normar la investigación y producción nacional de los mismos.

Se autorizó también a que los productos que contuvieran derivados de cannabis en concentraciones del 1% o menores de tetrahidrocannabinol (THC) y que tuvieran amplios usos industriales, podrían comercializarse, exportarse e importarse cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria. 

Se despenalizó la siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana, cuando estas actividades se hicieran con fines médicos y científicos en los términos y condiciones de la autorización que para tal efecto emitiera el Ejecutivo Federal.

El Consejo de Salubridad General, a partir de los resultados de la investigación nacional, debería conocer el valor terapéutico o medicinal que lleve a la producción de los fármacos que se deriven de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana y sus derivados, para garantizar la salud de los pacientes.

Por último, se indicaba que la Secretaría de Salud reforzaría los programas y acciones con énfasis en la prevención, tratamiento, rehabilitación, reinserción social y control del consumo de cannabis sativa, índica y americana o marihuana y sus derivados, por parte de niñas, niños y adolescentes, así como el tratamiento de las personas con adicción a dichos narcóticos. 

A 39 meses de distancia, continúa la polémica del uso medicinal y lúdico de la marihuana. 

En el uso medicinal, con el fallo de la Suprema Corte de Justicia de hace dos días, quedó de manifiesto la negligencia de las autoridades federales en emitir la reglamentación de lo aprobado, volviendo a darles 180 días para que cumplan. 

El Consejo de Salubridad General tampoco ha determinado el valor terapéutico ni ha dictaminado medidas para fortalecer la investigación nacional. Por último, es notorio que tampoco se han tomado las medidas para proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes. 

En el uso lúdico, aún ilegal en México, se han dado sentencias judiciales aisladas para su consumo, quedando aún desórdenes legales que sólo los legisladores pueden subsanar en la ley para retirar su prohibición, a fin de evitar que mediante fallos judiciales se alcancen unos objetivos y otros queden desplazados, ello en perjuicio de una sociedad de por sí lastimada; por ello, el debate ya está abierto en el Congreso y en los próximos meses se verá el desenlace.

Mi posición será con base en la evidencia científica 2019 y los datos conocidos son múltiples: la droga -ilegal- más utilizada en el mundo es la marihuana con más de 180 millones de personas; en los nueve estados del país del norte donde se legalizó el uso lúdico, se impulso el mayor consumo de esa droga; allí en la última década, hubo un aumento del 63% de personas que consumieron marihuana al menos una vez al año y un incremento del 130% de las personas que la fuman a diario. 

En Uruguay, Canadá y Estados Unidos aún hay pocas evidencias para evaluar el impacto final de la legislación que permite su uso lúdico; estaremos pendientes del seguimiento.

En conclusión, debe la autoridad ponerse las pilas en las condiciones para cumplir con la visión del uso medicinal de la Marihuana, efectos benéficos económicos incluidos. 

Las indicaciones hoy más utilizadas son cáncer, glaucoma, VIH/Sida, hepatitis, trastorno de estrés postraumático, esclerosis lateral amiotrófica, fibromialgia, síndrome de Tourette, neuropatía periférica, caquexia, dolor severo y crónico, náuseas severas, convulsiones (incluyendo convulsiones epilépticas) y espasmos musculares persistentes (incluidos los que son característicos de la esclerosis múltiple). 

Cabe enfatizar que FDA en la unión americana sólo ha aprobado dos productos: dronabinol (Marinol®, Abbvie), para la caquexia en el VIH y las náuseas y vómitos inducidos por la quimioterapia en el cáncer; y solución oral de cannabidiol (Epidiolex®, Greenwich Biociencias), para las convulsiones asociadas con el síndrome de Lennox-Gastaut y el síndrome de Dravet. 

Los demás productos que hoy se comercializan pueden tener una carga significativa de efecto placebo.

Una vez que la autoridad inicie su reglamentación para uso médico habrá a mi juicio otros retos que ir planteando desde ahora, entre ellos:

1) Disponer de un conocimiento científico adecuado con respecto a la efectividad, dosis, mecanismo de administración, indicaciones e interacciones farmacológicas en humanos; 2) Diseñar estándares educativos para la capacitación de dispensarios y profesionales de la salud; 3) Mecanismos de acceso para la comunicación y coordinación de la atención al paciente; 4) Opciones de dosificación unitaria que respondan a la complejidad de cada paciente; y 5) Eliminar las barreras de acceso para pacientes que busquen esta alternativa terapéutica.

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