Una persona indígena Tsotsil se presentó con 40 semanas de gestación en el Hospital IMSS-Bienestar Rural en Bochil Chiapas; aunque requería de manera urgente una cesárea, el personal médico omitió considerar factores de riesgo y al no contar con médico especialista en ginecología y obstetricia, la cesárea fue realizada tres horas después y posteriormente se le informó que su bebé había nacido muerta. La CNDH emitió la Recomendación 13/2022 al Director General del IMSS Zoe Alejandro Robledo Aburto señalándole que se habían violado varios derechos humanos: Protección a la salud, la Vida del bebé, la información en materia de salud y, la libertad y autonomía reproductiva por violencia obstétrica.
Una mujer de 21 años con 38 semanas de gestación y salida de líquido vaginal ingresó al Hospital General de Zona No. 68 del IMSS, en el Estado de México donde permaneció durante diversos cambios de turno con inadecuada valoración y vigilancia del binomio materno-fetal en trabajo de parto. 13 horas después una ginecóloga indicó la urgente realización de una cesárea, cirugía que se dilató aún más porque la sala de tococirugía se encontraba sucia y la máquina de anestesia estaba descompuesta. Al nacimiento el bebé presentó dificultad para respirar por sí mismo, aspiración de meconio y alto riesgo de muerte, permaneciendo 11 días en el cunero patológico y terminó con secuelas en su desarrollo que afectarán su calidad de vida por el daño neurológico. La CDNH emitió la recomendación 130/2021 al supra citado Director General del IMSS para que respondan por la violación del derecho a la protección de la salud, a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia obstétrica, de la integridad personal y del interés superior de la niñez.
Persona de con 10 semanas de gestación que acudió a consulta a la Unidad de Medicina Familiar 51 en San Luis Potosí donde se advirtió que un médico pasante llevó a cabo un “Tacto vaginal” reiterado, de manera innecesaria, inadecuada y sin la compañía ni supervisiñon de personal de enfermería, provocando afectaciones psicológicas a la víctima como alteraciones del sueño, frustración, sentimientos de culpa, falta de apetito, pérdida de interés, inseguridad y angusta. La CNDH emitió recomendación 129/2021 al multicitado director del IMSS por violar los derechos humanos citados supralíneas.
Estos son los casos más recientes de muchos más ocurridos desde que, en 2007, se emitiera por la CNDH la Recomendación General 31/2017 dirigida a las instituciones públicas del Sector Salud con objeto de describir y visibilizar la violencia obstétrica y eliminar toda práctica que vulnere los derechos humanos de las mujeres durante el embarazo, parto y puerperio en las instituciones de salud, sin que ello implique criminalizar ni estigmatizar la labor médica. Es claro que hay grandes fallas institucionales aún que deben ser corregidas.
Recomendó que era indispensable se programará el presupuesto necesario para ampliar y mejorar la infraestructura hospitalaria; que en urgencias se cuente con médicos que atiendan en forma adecuada; que la atención médica sea digna, respetuosa y con perspectiva de género; se implemente en todas las instituciones el “Modelo de Atención a Mujeres durante el Embarazo, Parto y Puerperio con Enfoque Humanizado, Intercultural y Seguro” de la Secretaría de Salud. Es claro que las instituciones tienen mucho por hacer y responder.
El término violencia obstétrica implica visibilizar e identificar las causas que reproducen la violencia contra la mujer, ocurrida en la etapa del embarazo, parto y puerperio, y se define como una modalidad de la violencia institucional y de género, cometida por prestadores de servicios de la salud, por una deshumanizada atención médica a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio que le genere una afectación física, psicológica o moral, que incluso llegue a provocar la pérdida de la vida de la mujer o, en su caso, del producto de la gestación o del recién nacido, derivado de la prestación de servicios médicos, abuso de medicalización y patologización de procedimientos naturales, entre otros.
Aprobamos en la Cámara de Diputados en diciembre de 2019 reformas a la Ley General de Salud y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para tipificar la Violencia Obstétrica estando pendiente su aprobación en el Senado desde entonces. Ahora está en discusión otra reforma similar que se someterá al pleno a votación la próxima semana.
Reafirmamos las y los legisladores del Partido Accion Nacional el compromiso de promover el derecho a lasalud y la igualdad de genero en todas las areas y las acciones para prevenir y combatir todas las formas de violencia contra la mujer, incluida la violencia obstetrica y ginecologica.