El pasado 23 de marzo el Congreso recibió una iniciativa presidencial que pretende reformar más de veinte disposiciones en materia administrativa. El objeto de la iniciativa se dice en el primer párrafo de la exposición de motivos es “hacer prevalecer el interés público, general, social y la seguridad nacional, así como el fortalecimiento de la soberanía”. 

Esos y más términos arrebatados abundan en la propuesta. Lo cual no estaría de por sí mal, cada uno su estilo, si no fuera porque al no establecer de manera clara los alcances y efectos de esos términos se ponen en riesgo los principios elementales de seguridad jurídica y legalidad. 

Así, por ejemplo, se propone que la autoridad pueda demandar la nulidad de una resolución administrativa favorable a un particular si es que causa un “perjuicio a la Administración Pública Federal”. Como, obviamente, una resolución en contra de ella necesariamente la perjudica, entonces la autoridad puede declarar nula la que le plazca.

Otro ejemplo, el Estado puede concluir de manera unilateral cualquier contrato que haya establecido con particulares cuando así convenga al “interés público, general o social”. Pero, ¿quién decide lo que conviene al interés general? Por cierto, el interés general comprende, por definición, el público, el social y el privado.

Las mayores perlas en la iniciativa son las que pueden encontrarse bajo los títulos “Pagos anticipados” y “Confianza administrativa”. En el primer caso se propone que pueda haber pagos anticipados superiores al 50 % en la adquisición de equipos médicos, equipos para la seguridad nacional o la seguridad pública, así como maquinaria para el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura.

Vaya error, se queman las manos y siguen acercándolas a la lumbre. Durante la pandemia se hicieron pagos por anticipado para comprar miles de ventiladores y millones de medicinas e insumos médicos, y de ellos, según la Auditoría Superior de la Federación, no hay ni sus luces.

Pero entre toda la verborrea de la iniciativa puede uno finalmente encontrar la perla ejemplar, la más lustrosa. Es la que corresponde a la parte titulada “Confianza administrativa”. Aunque, a nuestro parecer, un título más apropiado hubiera sido “Confianza en el autócrata”.

Pues resulta que la propuesta es que puedan iniciarse las obras públicas sin tener los permisos que se requieran para ello, para que, establece la iniciativa, puedan realizarse de manera inmediata los proyectos de infraestructura prioritaria, de notoria necesidad para el desarrollo social y económico del país, así como también los proyectos relativos a la defensa y la seguridad nacionales.

Así que el presidente en turno podría ignorar literalmente los permisos que expiden sus propias secretarías de Estado. Podría obviar los análisis puntuales que requiere la secretaría de Hacienda para cualquier proyecto de inversión. Podría evadir los estudios de impacto ambiental requeridos por la secretaría de Medio Ambiente. Podría ignorar los protocolos de actuación en materia de contrataciones que establece la secretaría de la Función Pública.

Y podría, si a nivel local se atreviesen a dudar de la bondad de alguno de sus proyectos, descartar las opiniones de los gobernadores y presidentes municipales donde se haría la obra, así como las de las propias comunidades.

Si ya de por sí el presidente concentra un gran poder en México, las mencionadas propuestas acabarían por darle un poder inmenso.

 

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