Cuando el gobierno (que no es lo mismo que la ley) comienza a contravenir las leyes, o a desoír los anhelos de reforma que el pueblo expresa, sobrevienen las revoluciones”.
Alfonso Reyes, Cartilla moral
El presidente López Obrador continúa en su empeño de destruir los derechos constitucionales de los mexicanos, pero como no tiene la mayoría calificada con la que sueña sigue tratando de hacerlo modificando leyes secundarias con su mayoría simple en las cámaras. El asalto de hoy es contra los efectos generales de las suspensiones en juicios de amparo.
El amparo es una de las aportaciones más importantes de México al derecho. Lo creó el liberal Mariano Otero con la idea de dar a los gobernados protección frente a los abusos de la autoridad. La figura se introdujo en la Constitución de 1857 y se mantuvo en la de 1917. El artículo 103 da a los tribunales la facultad de resolver las controversias que generen las “normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte”. El 107 establece reglas para el juicio que la Ley de Amparo desarrolla. Las suspensiones son órdenes de los tribunales para impedir la aplicación de una medida ya sea de manera provisional o definitiva.
En una sesión de las comisiones unidas de justicia y estudios legislativos, segunda, del Senado este 10 de abril, la mayoría oficialista aprobó dos modificaciones a la Ley de Amparo. La primera deroga un párrafo del artículo 129 que permite “al órgano jurisdiccional de amparo” emitir suspensiones cuando “pueda causarse mayor afectación social”. La segunda añade un párrafo al artículo 148: “Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”. El gobierno quiere que, si alguien obtiene una suspensión para la aplicación de una ley cuestionada, la norma se siga aplicando a todos, menos a quien hayan obtenido la suspensión.
Con esta medida el presidente quiere debilitar la facultad de los tribunales para desechar normas inconstitucionales. De poco serviría ganar una suspensión si esta solo beneficia a la persona que promovió el juicio. Pero es absurdo que una norma inconstitucional se siga aplicando a todos menos a quien promovió el juicio de amparo.
Ante su falta de mayoría calificada para enmendar la Constitución, López Obrador ha impulsado una serie de iniciativas inconstitucionales, como la Ley de la Industria Eléctrica. Con sus nuevas enmiendas a la Ley de Amparo quiere asegurar que podrá seguir aplicando leyes inconstitucionales a pesar de que los tribunales otorguen suspensiones en su contra. Si una ley inconstitucional se puede seguir aplicando de manera general, con la sola excepción de aquellos que hayan obtenido suspensiones, el presidente tendrá manga ancha para promulgar más y ejercerlas a pesar de las suspensiones.
Esto es inaceptable ética y jurídicamente. Es cierto que durante mucho tiempo el amparo solo beneficiaba a los promoventes del juicio, en lo que los juristas han llamado la “relatividad de las sentencias”, pero la situación se superó gracias al esfuerzo de grupos progresistas que construyeron las declaratorias generales de inconstitucionalidad. Y es muy lógico. ¿Por qué solo podrían beneficiarse de una suspensión quienes hayan tenido el dinero para promover un juicio de amparo?
El gobierno de López Obrador quiere echar para atrás este avance y restringir los efectos de las suspensiones. Quiere negar la justicia a quienes no pueden pagar un juicio de amparo y seguir utilizando su mayoría simple para promulgar leyes inconstitucionales.
Por dinero
La Cuarta Transformación sigue en busca de dinero porque sabe que ha tomado medidas que quebrantarán al Estado mexicano con el paso de los años. Por eso su iniciativa para apropiarse de los fondos de la Afores que no hayan sido reclamados.
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