Somos polvo de estrellas

Carl Sagan

 

En Guanajuato, al enfrentarse a la cuestión de la despenalización del aborto, los diputados cometen dos errores fundamentales, basados en el desconocimiento de los grandes avances que ha tenido la ciencia.

El primero consiste en la temeridad, definida como inconstitucional desde 2018, de haber decretado y puesto en nuestra Constitución estatal que la vida comienza con la concepción. Se refieren al momento en que el espermatozoide fecunda al óvulo. Pero la vida no aparece en ese momento. Ambas células están vivas y transmiten esta energía al cigoto que forman ambas. La vida está en las células desde hace millones de años. Esto se los puede explicar a los diputados el eminente biólogo evolutivo Antonio Lazcano, al cual puede invitar el legislador Juan Carlos Romero Hicks, que habiendo sido director del Conacyt, seguro lo conoce. Los sacará de su error y les expondrá los aportes de la biología moderna, la secuenciación de genes y genomas, así como la astrobiología que investiga las consecuencias de los impactos estelares en los astros. Por ejemplo, ya se sabe que hace tres mil millones de años hubo una lluvia de meteoritos, restos de una estrella, cargados de uracilo, un compuesto orgánico que produjo las primeras secuencias de RNA (ácido ribonucleico) en la Tierra, permitiendo la aparición de la vida a nivel celular. 

El segundo es negarse a entender los avances de la neurociencia y de los equipos de imagen de última generación, que permiten observar al encéfalo, al sistema nervioso y sus conexiones funcionando. De allí se ha generado un caudal de recientes conocimientos sobre el cerebro humano. Un ejemplo: contamos con tres cerebros: el reptiliano, el límbico o mamífero y el neocórtex cerebral. Lo que nos distingue de otras especies es el neocórtex. También se sabe, con precisión, que la actividad neuronal comienza luego de la semana 12 de gestación.

En la cuestión de la despenalización del aborto, basados en las históricas resoluciones de la Suprema Corte de Justicia (SCJN), el destino captura, con los dedos contra la puerta a la mayoría de los diputados del Congreso guanajuatense, que han decidido imponer sus creencias religiosas, en lugar de someterse a las sentencias de la SCJN que define como inconstitucional la penalización del aborto. 

Pensamos que la SCJN ha resuelto de la manera más neutral y menos lesiva, un tema explosivo para la sociedad. Su decisión es que el aborto no es punible cuando se realiza hasta la semana 12 del embarazo. Contrasta esta determinación judicial con la posición del feminismo radical que sostiene que la mujer puede decidir deshacerse de su producto en cualquier momento que ella lo decida. ¿Por qué la semana 12? Pues porque es el periodo de desarrollo del cigoto, en el que aún no se registra actividad cerebral alguna. ¿Qué sucede con la eliminación del cigoto? No es algo frívolo, porque se está eliminando un conglomerado celular extraordinario. Es por ello por lo que no debe tomarse a la ligera una decisión de esta trascendencia. El aborto no debe ser un método de control de la natalidad, hay que evitar que las personas tengan que optar por una decisión tan grave y delicada.

Pero cuando se decide extirpar este producto, científicamente no se está matando a una persona. Y esto ocurre por el hecho de que aún no hay actividad neuronal. Tomen nota: es práctica común no punible, determinar la muerte cerebral de una persona cuando deja de registrarse actividad cerebral, y en esta situación, es posible tomar la decisión de segar la vida de alguien, distribuyendo, incluso, sus diferentes órganos para ser donados a otros pacientes. Esa es una condición equiparable al hecho de desprenderse del cigoto. Este hecho abre una pequeña esclusa para poder resolver éticamente problemas como el embarazo por violación y otras condiciones de frontera.

Si por necedad insistiéramos que un enfermo que va a ser desconectado o un cigoto poseen la calidad de personas; deberían aceptarse, entonces, todas las consecuencias legales del caso y ante esos “homicidios” se deberían aplicar las sanciones penales más drásticas para los responsables, ¡40 años de cárcel! 

En lugar de ello, consideramos que vale la pena reflexionar con apertura de criterio y ponerse al día en temas científicos. Y ratificamos: destruir un cigoto es finiquitar algo vivo, que no debe de ser recomendado, pero no equivale a eliminar a una persona, como ya lo reconoce la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Las consecuencias jurídicas son totalmente diferentes y prefiguran una buena opción para atemperar una gravísima problemática social y moral. Recomendación final: no desacaten el mandato de las sentencias de nuestra Suprema Corte, como lo hace la presidenta de México. No la imiten.

 

RAA

 

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