A unas horas de iniciar las sesiones de cómputo y calificación de elecciones municipales en Hidalgo, en los municipios de Santiago Tulantepec y Singuilucan la diferencia de votos entre el primero y segundo lugar son muy apretadas.

De acuerdo con el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), con 100 por ciento de las 44 actas de escrutinio y cómputo capturadas y contabilizadas, en Santiago Tulantepec la diferencia de votos válidos entre el primer y segundo lugar es de 1.35 por ciento.

María Yanet Fernández Fernández, candidata común de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y el Nueva Alianza Hidalgo, obtuvo 5 mil 524 votos válidos, de acuerdo a datos del PREP.

José Armando Asiaín Morales, candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) tiene a su favor 5 mil 292 votos a su favor, también de acuerdo a datos del PREP.

La diferencia es de 232 votos, por lo que porcentualmente hay 1.35 por ciento de distancia entre el primero y segundo lugar, previo a iniciar la sesión de cómputo y calificación de la elección municipal, que inicia este miércoles 5 de junio, a partir de las 8:00 horas.

MIENTRAS QUE EN SINGUILUCAN

En Singuilucan, la candidata común de Morena a la presidencia municipal, Yazmín Dávila López, tiene registro de 2 mil 986 votos a su favor de acuerdo con el PREP.

Mientras que Blanca Luz Cabrera Soto, candidata a alcaldesa por el Partido Acción Nacional obtuvo 2 mil 750, también de acuerdo al PREP.

En este caso, la diferencia es de 2.38 por ciento entre el primer y segundo lugar de la elección municipal, es decir, 236 votos de diferencia.

Será al finalizar la sesión de cómputo y calificación de la elección municipal cuando se determinen los resultados oficiales.

LO QUE DICE LA LEY

El Reglamento para el Recuento de Votos, del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), establece en su artículo 2, que “para que proceda el recuento total de votos en las elecciones de gobernador, diputados o ayuntamientos, se requerirá invariablemente:

“I. Que exista una diferencia igual o menor a un punto porcentual, entre el candidato, fórmula o planilla que hayan obtenido la mayoría de votos y quien haya ocupado el segundo lugar de la votación; y,

II. Que exista petición expresa, hecha al presidente del consejo correspondiente, por parte del representante del partido político o coalición que haya postulado a quien obtuvo el segundo lugar en la sumatoria preliminar de votos”.      

Aún no se conoce si habrá petición por parte de los partidos políticos para realizar dicho recuento total de votos.

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