Debido a que no fue apercibido en lo individual, la Sala Regional Toluca revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) respecto a una multa impuesta contra Carlos Eduardo Portillo García, síndico del ayuntamiento de Ixmiquilpan.
En sesión pública, este martes el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio electoral ST-JE-3/2023 promovido por el síndico.
Lo anterior, derivado de un juicio para la protección de los derechos político-electorales de ciudadanos por la omisión del ayuntamiento de garantizar la representación indígena.
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AGRAVIO FUNDADO
El pleno aprobó declarar fundado el agravio contra el síndico, ya que este no fue apercibido en lo individual para que se diera cumplimiento a la resolución dictada por el TEEH.
Los magistrados detallaron que sólo se notificó al ayuntamiento como persona jurídica y no a alguno o a todos sus integrantes en lo particular, por tanto, no era viable que le impusieran la multa cuestionada.
La sentencia en cuestión fue emitida en febrero de este año, y entre otras cosas dictaba la imposición de una de las medidas de apremio previstas en el artículo 380 del Código Electoral del Estado de Hidalgo.
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SALA CIUDAD DE MÉXICO
El magistrado en funciones, Fabián Trinidad Jiménez, recordó que Hidalgo ya no pertenece a la quinta circunscripción sino a la cuarta, que corresponde a la Ciudad de México.
Sin embargo, dijo, dicho asunto fue tratado en la Sala Toluca porque se hizo la consulta a la Sala Superior, y esta determinó que les corresponde conocer ese asunto porque lo trataron desde el inicio de la cadena impugnativa.
Recordó que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que Hidalgo ya no pertenecería a la quinta circunscripción de Sala Toluca sino a la cuarta de la capital del país.
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