Quintana Roo.- Leticia Rodríguez Lara, “Doña Lety”, señalada como líder del denominado Cártel de Cancún, ligado con el Cártel de Sinaloa, fue absuelta de venta y distribución de cocaína, portación de armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas y delincuencia organizada.
En la conferencia matutina en Palacio Nacional, el subsecretario de Seguridad, Ricardo Mejía Berdeja, acusó que jueces federales beneficiaron con sus resoluciones y absolvieron a “Doña Lety”.
Aseguró que la absolución de Rodríguez Lara, quien también es conocida como “La Reina de la Riviera Maya“, atenta contra la seguridad y genera impunidad, por lo que el Gobierno federal decidió interponer una denuncia y una queja ante el Consejo de la Judicatura.
“Jueces federales con sus resoluciones benefician a grupos criminales, lo cual atenta contra la seguridad y generar impunidad. Es el caso de la absolución de diferentes procesos penales de Leticia ‘N’, alias ‘Doña Lety'”, sostuvo.
Berdeja recordó que “Doña Lety” perteneció a la extinta Policía Federal y después se adhirió al Cártel de Sinaloa. Fue detenida en 2017 y se le abrieron varios procesos penales por narcotráfico, pero fue absuelta por distintos impartidores de justicia.
Señaló al juez de Control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en Quintana Roo; al juez Noveno de Distrito en Quintana Roo; y magistrados del Primer Tribunal Unitario del 27 Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo.
En un primer juicio, relató Mejía, se le acusó de venta y distribución de cocaína en la zona turística de Cancún, pero obtuvo fallo absolutorio -al igual que su hijo José Rafael– al promover un incidente de nulidad.
Fue absuelta por diferentes juzgadores federales al echar abajo una prueba documental que a su vez permitió que hubiera insuficiencia aprobatoria (…) Y aunque se apeló, fue absolución”, abundó.
Rodríguez Lara enfrentó un segundo proceso por portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército y delitos contra la salud en la modalidad de posesión de metanfetaminas con fines de transportación.
“En este caso, el argumento primordial del juez es que no era creíble el informe policial homologado y, en consecuencia, echó abajo el IPH, como se le conoce, y obtuvo la absolución también”, dijo.
En un tercer y último caso, la Fiscalía General de la República acusó a la mujer de delincuencia organizada con la finalidad de cometer delitos contra la salud y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Pero nuevamente libró las acusaciones en su contra; primero, porque un juez de control decidió no vincularla a proceso por un tecnicismo en materia financiera, y después, debido a que un Tribunal Unitario confirmó el auto de no vinculación a proceso.
“En los diferentes momentos los juzgadores fueron tumbando las pruebas, desacreditando a los testigos, hasta que finalmente fue absuelta”, indicó.
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FRG