Guanajuato.- El Consejo General del IEEG aprobó por unanimidad otorgar el registro de las planillas de candidatos de Morena para los Ayuntamientos de: San José Iturbide, Juventino Rosas y Tarandacuao, por orden de una sentencia del Tribunal Estatal Electoral.
Brenda Canchola, presidenta del IEEG, recordó que el 30 de marzo, en sesión del Consejo General se aprobó el acuerdo mediante el cual se declararon como no presentadas las planillas para estos municipios.
Este rechazo, junto con el de Santa Catarina que se tenía originalmente, pero que al final sí se aceptó, motivó que el 30 de marzo, unos 100 morenistas se manifestaran, primero afuera del edificio central del IEEG, y posteriormente irrumpieron con gritos al interior del mismo.
Este ingreso forzado originó que se suspendiera la sesión del Consejo General durante 20 minutos, en la cual se estaban aprobando los registros de los candidatos a Ayuntamientos de los 46 municipios de todos los partidos.
Morena impugnó ante el Tribunal Estatal Electoral esa decisión, que ganó y el miércoles, revocó el rechazo del IEEG y ordenó permitir el registro de los candidatos morenistas. Por lo cual, el 5 de abril, del Instituto Electoral se le hicieron requerimientos para subsanarse en 48 horas, los cuales fueron cumplidos el 6 de abril.
Además, se autorizó que se incluyan en las boletas los sobrenombres por los cuales se les conoce públicamente a 12 candidatos de dichas planillas.
Juan Miguel Reyes Villegas, representante de Morena, señaló que el haberles negado el registro el sábado, vulneró sus derechos ni tampoco se les dio garantía de audiencia.
Quise empezar mi intervención con un ´se los dije’, porque en esa primera sesión se los advertí”.
Sostiene Sandra Prieto que Morena no cumplió requisitos
La consejera electoral Sandra Prieto de León, señaló: “por sentido orden jurídico, tengo que acatar esta sentencia, eso no significa que de ninguna forma yo comparta los criterios del Tribunal Estatal Electoral
“Yo quiero hacer público y quiero manifestarle al partido político Morena, que la de la voz no se le negó de manera arbitraria el registro, porque el partido no exhibió la documentación necesaria para tener los registros, según señala la Ley Electoral, que son básicos para hacer dicha solicitud.
“La autoridad electoral debe de cumplir la norma porque para esto está la autoridad, y para generar equidad. Para eso está la autoridad, la autoridad no es benevolente, debe ser justa.
“No reconocemos la violación de derecho electoral alguno. Desde mi punto de vista, este Instituto Electoral actuó apegado a derecho. No se cumplieron los requisitos de forma primigenia. Esa es mi opinión jurídica, estrictamente jurídica”, sostuvo Sandra Prieto.
Juan Miguel Reyes consideró necesario dejar de decir que Morena no actuó para acreditar dichos registros. Nosotros hicimos todo lo necesario para que se cargaran en el sistema.
Aseguró que solo faltó un documento de solicitud de registro con firma autógrafa.
Se hizo lo que se tenía que hacer con la herramienta que se nos dio”.
Emmanuel Jaime Barrientos, representante del PAN, dijo que no coincide con la resolución del Tribunal y que Morena suele caer en incumplimientos.
“Algo que no compartimos con el Tribunal son las fallidas solicitudes de registros para algunas candidaturas. Con esto, podemos partir de las primicias, que si no cumplieron con las obligaciones primigenias, fue que operaron con dolo y que fueron ajenas al sistema”.
Agregó que el Tribunal debió atender el fondo de estas, porque simplemente las sobreseyó y no entró al fondo de lo que la propia militancia de Morena señaló en sus impugnaciones.
Defiende Morena que militantes no irrumpieron
El representante de Morena, Juan Miguel Reyes Villegas, afirmó que “nuestros militantes no irrumpieron, entraron pacíficamente a un edificio a una sesión que debería de ser pública, de libre acceso. Otra cosa es que ustedes como Acción Nacional no estén acostumbrados a algo diferente a una política de mano dura”.
Brenda Canchola, presidenta del IEEG, enfatizó que esta resolución se trata de una resolución del Tribunal Estatal. Estos actos deben ser revisados por otra autoridad, sin que implique una situación extraordinaria o la violación de derechos.
Se trata de criterios jurídicos distintos y esta autoridad administrativa debe acatar”.
DAR