León, Guanajuato.- Este 2 de junio los guanajuatenses elegirán a sus representantes en el Senado de la República y en la boleta aparecen candidatos de las siguientes fórmulas: PAN, Morena-Verde-PT, PRI y Movimiento Ciudadano.

Aquí les mostramos las fichas de los candidatos, qué hace un Senador y cómo se eligen.

Los candidatos al Senado de la República

PAN 

Miguel Márquez Márquez (primera fórmula)

  • Licenciatura en Filosofía por el Seminario Conciliar de León y licenciatura en Derecho por la Universidad de La Salle Bajío. 
  • Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Universidad Iberoamericana León. 
  • Posgrado en Derecho Constitucional por la Universidad de Salamanca, España. 
  • Presidente Municipal de Purísima del Rincón de 2000 a 2003. 
  • En 2004 fue nombrado Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Guanajuato, DIF estatal. 
  • Fue Secretario General del Comité Directivo Estatal del PAN en Guanajuato. 
  • En 2010 fue nombrado Secretario de Desarrollo Social y Humano en el Gobierno Estatal.
  • Fue Gobernador de Guanajuato del 26 de septiembre de 2012 al 25 de septiembre de 2018. 

 

Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (segunda fórmula)

  • Estudió Letras Españolas en el I.T.E.S.M. campus Monterrey, sin concluir. 
  • Fundadora de la fuerza de ventas de Jafra Cosmetics, S.A. de C.V. 
  • Presidenta de AMMJE Capítulo León hoy Amexme de 2003 a 2005.
  • Vicepresidenta de Canaco Servytur León del 2020 a 2023. 
  • Consejera ciudadana del IMPLAN, en representación de AMEXME de 2021 a 2023. 
  • Consejera ciudadana del CECyTE Guanajuato de 2022 a 2023.
  • Diputada Federal por el PAN por el Distrito 06 en León durante la LX Legislatura, donde presidió la Comisión de Economía del 2006 a 2009. 
  • Senadora suplente por el Estado de Guanajuato de 2012 a 2018. 
  • Directora General del Instituto para las Mujeres Guanajuatenses de 2012 a 2015. 

 

Morena-Verde-PT

Ricardo Sheffield Padilla (primera fórmula)

  • Licenciatura en Derecho por la Universidad Iberoamericana León. 
  • Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma de Nuevo León. 
  • Regidor en el Ayuntamiento de León por el PAN de 1995 a 1997. 
  • Presidente Municipal de León por el PAN de 2009 a 2012. 
  • Diputado local por el PAN de 1997 al 2000. 
  • Diputado federal por el PAN de 2000 a 2003. 
  • Titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) de 2018 hasta octubre del 2023. 

 

Virginia Marie Magaña Fonseca “Kikis” (segunda fórmula)

  • Licenciada en Psicología Clínica. 
  • Maestría en Educación por la Univa. 
  • De 2021 a 2024 fue Coordinadora del Comité Municipal del Partido Verde en León.
  • De 2013 a 2016 se desempeñó como Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Municipal de las Mujeres de León. 
  • De 2011 a 2020 laboró en la Universidad de la Salle Bajío, ocupando distintos roles que comenzaron con ser Asistente del Departamento de Solidaridad Universitaria, posteriormente se desempeñó como Ejecutiva de Vinculación y finalmente fue coordinadora del Proyecto de Redes. 

 

PRI 

Fernando Ávila González (primera fórmula)

  • Licenciatura en Derecho por la Universidad de Guanajuato (UG). 
  • Maestría en Innovación Organizacional por la Universidad Meridiano. 
  • Director de la Dirección de Participación Social para el Control, de Contraloría Municipal del Ayuntamiento de León de 2004 a 2006. 
  • Contralor Municipal de León de marzo a octubre de 2006. 
  • Regidor del Ayuntamiento de León de 2006 a 2009. 
  • Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de Guanajuato (UG). 
  • Asesor del grupo parlamentario del PRI en la LXV del Congreso del Estado de Guanajuato de septiembre de 2022 a la fecha. 
  • Representante del PRI ante el Consejo General del IEEG para el proceso 2023-2024. 

 

Alicia Muñoz Olivares (segunda fórmula)

  • Licenciada en Derecho por la Universidad Lasallista Benavente. 
  • Diputada local en la LXIII Legislatura en el Congreso del Estado. 

 

Movimiento Ciudadano (MC) 

Lupita Valenzuela Ríos (primera fórmula)

  • Licenciada en Psicología Industrial por la Universidad de Guanajuato (UG). 
  • Maestría en Desarrollo Organizacional por la Universidad de Guanajuato (UG).
  • Rectora de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato (UVEG) (2019-2022).
  • Secretaria Académica de la UVEG (2017-2019). 
  • Secretaria de Vinculación de la UVEG (2014-2017). 
  • Directora de Vinculación en el CECyTE Guanajuato (2013-2014). 
  • Jefa de Vinculación en el Conalep Guanajuato (2007-2013). 

 

Jorge Lerma Santilán (segunda fórmula)

  • Magistrado titular de la primera ponencia de la Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en Celaya, Guanajuato.

¿Qué hace un Senador?

Intervenir en el proceso de formación y aprobación de leyes, aprobar tratados internacionales y participar en el nombramiento de altos cargos públicos, son las principales funciones de un senador.

Según el marco jurídico conceptual de la Cámara de Diputados, senador proviene del latín senator que significa viejo o anciano y el senador era la figura pública con la que eran designados en la antigua Roma a los ancianos que aconsejaban al rey. 

Este funcionario también ejerce funciones de control hacia el Poder Ejecutivo, es decir el presidente de la República y los gobernadores de cada entidad. 

La función de control que desarrolla el congreso mexicano es a través de sus dos cámaras, de diputados y senadores y se realiza en el sentido de inspección, fiscalización, comprobación, revisión o examen que llevan a cabo sobre la actividad que realiza el Poder Ejecutivo.  

En la aprobación de los tratados o convenciones diplomáticas que suscriba el Ejecutivo el Senado debe examinar el contenido del tratado o convención propuesto para su aprobación, con la finalidad de determinar si no existe oposición alguna en la Constitución. 

El Senado de la República está conformado por 128 senadores, elegidos a través del voto de los ciudadanos en los 32 estados. 

Algunas de las principales atribuciones de control asignadas al Senado: 

  • Aprobar los Tratados Internacionales y convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo de la Unión. 
  • Ratificar los nombramientos que haga el Ejecutivo Federal de ministros, agentes diplomáticos, cónsules, generales; coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales. 
  • Integrar la lista de candidatos a Fiscal General de la República, nombrar a dicho servidor público y formular objeción a la remoción que del mismo haga el Ejecutivo Federal. 
  • Designar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a partir de las ternas que someta a su consideración el Presidente de la República, así como aprobar o negar su aprobación a las solicitudes de licencia o renuncia de los mismos. 
  • Investigar el funcionamiento de organismos descentralizados y empresas de participación estatal. 
  • Podrá convocar a los Secretarios de Estado, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas. 
  • La Cámara podrá requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal. 

¿Cuántos senadores se eligen?

La Cámara de Senadores se integra por un total de 128 miembros, todos los cuales son elegidos para un periodo de seis años y, al igual que los diputados, sólo pueden ser reelegidos después de un periodo intermedio.

En cada una de las 32 entidades federativas se eligen tres senadores. Los partidos políticos deben registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. Dos de los escaños se asignan por el principio de mayoría relativa, es decir, le corresponden al partido que haya obtenido el mayor número de votos, en tanto que el tercero se asigna por el principio de primera minoría, esto es, al partido que haya obtenido la segunda mayor votación. 

Los 32 senadores restantes son elegidos por el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional.

AM

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *