Entre desencuentros, el pleno del Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) rechazó la existencia de violación a los principios constitucionales de imparcialidad, equidad y neutralidad por parte del presidente de la República Andrés Manuel López Obrador (AMLO), al referirse en una conferencia a la excandidata Carolina Viggiano y su propuesta del Tren Tolteca.
Durante sesión pública, este jueves 28 de julio el Tribunal local resolvió dos procedimientos especiales sancionadores promovidos por los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) en contra del presidente de México y de Morena por la posible comisión de actos constitutivos de violencia política en razón de género, así como por violación a los principios constitucionales de imparcialidad, equidad y neutralidad.
El magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez fue el encargado de la ponencia sobre ambos juicios acumulados, donde declaró la inexistencia de violencia política en razón de género en contra de la entonces candidata a la gubernatura de Va por Hidalgo, ya que no se encontraron elementos de género o su equivalente y tampoco demostró menoscabo al reconocimiento o goce de los derechos políticos de Carolina Viggiano.
Respecto a la violación de los principios constitucionales de neutralidad, imparcialidad y equidad, el magistrado propuso declarar la existencia de dichas infracciones, puesto que las manifestaciones desplegadas por el presidente de la República en la conferencia matutina del 11 de mayo son contrarias a la normativa electoral.
Señaló que las expresiones desplegadas por AMLO fueron encaminadas a denostar una propuesta de campaña de la entonces candidata de la oposición Va por Hidalgo consistente en el Tren Tolteca, y desestimar diversas opciones políticas como son PAN, PRI y el de la Revolución Democrática (PRD), por lo que propuso dar vista al órgano de control de la oficina de la presidencia de la República para que hiciera efectiva la sanción correspondiente.
RECHAZAN PROPUESTA
Sin embargo, la propuesta fue rechazada por mayoría de votos ya que el magistrado Leodegario Hernández Cortez se apartó del proyecto en congruencia con el criterio asumido en otro procedimiento especial sancionador resuelto referente a las expresiones hechas por López Obrador.
En tanto que la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga dividió su voto en dos, uno a favor sobre inexistencia de violencia política en razón de género, y el otro en contra sobre la existencia de la violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.
Lo anterior, dijo, porque en congruencia con lo resuelto con un juicio previo, consideró que las expresiones emitidas por el presidente de la República están amparadas bajo su derecho de libertad de expresión. Finalmente se resolvieron como inexistentes las infracciones denunciadas.