El Congreso de Hidalgo aprobó una serie de iniciativas que dan forma a la reforma electoral que aplicará para la elección de alcaldes y diputados locales el próximo año.

Desaparición de consejos electorales municipales, regresar a las alcaldías a un periodo de tres años, reelección en alcaldes y diputados, revocación de mandato, apertura para grupos de la diversidad sexual, convenios de candidatura común, son algunos de los aspectos que avalaron los legisladores este viernes.

A su vez, establecieron la obligación para que los candidatos presenten su declaración patrimonial y eliminaron el requisito de no haber sido condenado por delito doloso para obtener una candidatura.

No podrán ostentar cargos públicos deudores alimentarios morosos, condenados por acoso sexual o violencia política contra las mujeres en razón de género.

CANDIDATURAS COMUNES

Los legisladores establecieron reglas en materia de convenios de candidatura común entre partidos políticos.

Regularon figuras como el emblema, así como la forma de distribución de los votos obtenidos por los partidos políticos participantes en este tipo de candidatura.

Los dos diputados del PAN alertaron que esta disposición podría dar vida a los partidos satélites que no obtengan por si solos la votación para su registro, pero que por un convenio de coalición accedan a los sufragios que les permita conservar su vigencia.

Deroga la disposición de que los partidos políticos no podrán participar en más de un tercio del total de los municipios o distritos, tratándose de la elección de integrantes de ayuntamientos y diputados.

Lo anterior con el fin de permitir a los partidos políticos la participación de candidaturas comunes en el cien por ciento tanto de ayuntamientos como en diputaciones.

DECLARACIONES PATRIMONIALES

Establece la obligación para que los candidatos que se postulen a cualquier cargo de elección popular presenten sus declaraciones patrimoniales y de intereses.

ANTECEDENTES PENALES

Elimina el requisito de “no haber sido condenado por delito doloso”, toda vez que atenta, restringe, vulnera y menoscaba dichos derechos de un sector específico de la ciudadanía, señala la iniciativa avalada.

POSTULACIÓN PARITARIA

Establece que para el caso de la elección a la gubernatura, los partidos políticos deberán alternar el género en la candidatura para cada periodo electivo. 

DIVERSIDAD SEXUAL

El Congreso de Hidalgo avaló que para la postulación a cargos de elección popular de las personas de la diversidad sexual y de género basta la manifestación por escrito y bajo protesta de decir verdad.

Tal documento tienen que presentarlo ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) sobre la pertenencia a ese grupo.

Los partidos políticos al integrar sus planillas, deberán registrar una formula completa para personas de la diversidad sexual y de género.

Esto, en por lo menos el número de municipios que resulten del porcentaje proporcional de la población de la diversidad sexual y de género que establezca el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). 

CAPACITACIÓN INDÍGENA

Para la capacitación de la perspectiva intercultural jurídica y los derechos político-electorales de las personas indígenas y afromexicanas, cada partido deberá destinar anualmente al menos, el tres por ciento del financiamiento público ordinario.

VIOLENCIA POLÍTICA

No podrá ser titular del Ejecutivo, legislador e integrante del ayuntamiento aquel que haya sido condenado por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Ni estar condenado mediante sentencia, por delito de acoso o abuso sexual y violencia en razón de género o familiar.

Así como no ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien tramite el descuento correspondiente.

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