La propuesta de la diputada morenista Reyna Celeste Ascencio publicada en la Gaceta Parlamentaria modifica el artículo primero de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 constitucional, referente a las controversias y acciones de inconstitucionalidad que podrá conocer la SCJN.

Ciudad de México.- En la conferencia mañanera de hoy jueves 15 de septiembre de 2022, el presidente Andrés Manuel López Obrador se deslindó de una iniciativa de la bancada morenista en la Cámara de Diputados que busca restringir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en sus invalidaciones e interpretaciones de preceptos constitucionales. 

Nosotros no estamos promoviendo ninguna iniciativa con ese propósito, seguramente lo están haciendo en el Poder Legislativo porque también ese poder tiene la facultad de presentar iniciativas, diputados, senadores, pero en lo que corresponde al Ejecutivo no se ha presentado una iniciativa de reforma a la Constitución con ese propósito”, dijo AMLO en su conferencia mañanera de hoy.

“(… Una iniciativa para restarle facultades al Poder Judicial no sé está promoviendo por el Ejecutivo”, dijo. 

-¿No cuenta con su respaldo?, se le cuestionó.

Son decisiones que toman los legisladores, nada más para aclarar eso, pero no es una iniciativa propuesta por el Ejecutivo”, enfatizó. 

¿En qué consiste la iniciativa a la que se refirió AMLO en su mañanera de hoy jueves 15 de septiembre de 2022? 

La propuesta de la diputada morenista Reyna Celeste Ascencio publicada en la Gaceta Parlamentaria modifica el artículo primero de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 constitucional, referente a las controversias y acciones de inconstitucionalidad que podrá conocer la SCJN.

En la exposición de motivos, la morenista reconoció que la iniciativa trata de limitar el poder político de la SCJN ante la posibilidad de que caiga en la tentación de inaplicar un precepto constitucional o interpretarlo de tal manera que le reste validez o eficacia.

De acuerdo con la iniciativa, la Constitución prevé de manera expresa mecanismos para ser modificada a través del Congreso y con el voto de dos terceras partes de sus integrantes.

Plantea que una reforma constitucional realizada por el Congreso implica la supresión o invalidez de algunos de sus preceptos, de ahí que darle facultades a la Suprema Corte en ese sentido sería un acto de “rebelión franca”.

(Con información de Martha Alicia Martínez Paredes, de la Agencia Reforma).

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