Ciudad de México.- Un juez federal ordenó revisar el estatus de Grupo Televisa como empresa con poder sustancial en televisión y audio de paga, determinado en noviembre de 2020 por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo especializado en competencia económica, concedió dos amparos a Televisa, en los que ordenó dejar insubsistente la resolución que declaró a la empresa con poder sustancial en 35 mercados.
Los amparos fueron notificados el 14 de octubre, y el IFT interpuso recursos de revisión para impugnarlos el 27 del mismo mes, por lo que está pendiente que un tribunal colegiado de circuito confirme las sentencias.
El juez determinó que el IFT no hizo un estudio suficiente sobre la interacción entre los Servicios de Audio y Televisión Restringidos (STAR), que son las proveedoras tradicionales por cable y satélite, y los que ofrecen las plataformas por internet, conocidas como OTT, entre ellas Netflix, Amazon Prime y HBO Max, por mencionar algunas.
Gómez Fierro ordenó al IFT “emitir otra resolución en la realice un análisis prospectivo de las tendencias en el mercado y los patrones consumo de los usuarios del mercado del STAR y las plataformas de OTT, y con base en ese análisis y la mejor información disponible en el expediente, se determine el grado de sustitución entre ambos servicios”.
El IFT solo tendrá que cumplir esta orden si es confirmada por el tribunal revisor, y mientras tanto, Televisa seguirá sujeta a las medidas asimétricas.
Televisa afirmó en sus amparos que el IFT debió hacer proyecciones sobre la forma en que las OTT pueden ir reemplazando a los STAR, y, de hecho, ofreció como prueba un estudio sobre este tema, realizado por la Coordinación General de Planeación Estratégica del propio IFT.
El pleno del órgano regulador rechazó admitir ese estudio como prueba, al dictar la resolución de poder sustancial, con base en la cual se han impuesto medidas asimétricas a Televisa para obligarla a reducir precios y facilitar la competencia.
Según el IFT, no se podía comparar a los STAR con las OTT, a los que consideró como servicios complementarios entre sí, alegando que, en 2019, 60.4 por ciento de los usuarios tenían ambas modalidades.
“La metodología comparativa empleada por el órgano regulador para advertir diferencias significativas entre los servicios del STAR y las OTT, es insuficiente para concluir la falta de sustituibilidad entre ellos”, replicó el juez.
“Dicho estudio partió de las diferencias entre los servicios, sin considerar las similitudes entre ambos y, sobre todo, prescindió de un análisis prospectivo del comportamiento y los patrones de consumo de los usuarios, con base en el cual sea posible prever si conforme a la tendencia que presenta en el mercado, existe un grado suficiente de intercambiabilidad entre los servicios de STAR y las plataformas de OTT“, agregó.
En 2020, el IFT determinó que filiales de Televisa controlaban el 64 por ciento del mercado de televisión restringida, mientras que Megacable tenia el 16.6 por ciento.
JFF