“Es imposible introducir a la sociedad un cambio mayor y un mal mayor que esto: convertir la ley en un instrumento de despojo”.

Frédéric Bastiat

 

El artículo 27 de la Constitución permite al Gobierno realizar expropiaciones “por causa de utilidad pública y mediante indemnización”. En vano buscará usted en la Carta Magna, sin embargo, la figura de “ocupación temporal inmediata”. Simplemente no existe. El artículo 14 de la Constitución dice, además, que “nadie podrá ser privado de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho”. Por eso preocupa el decreto del presidente López Obrador, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 y el 23 de julio, que señala que, “derivado de la importancia que representa el Proyecto Tren Maya, y a efecto de evitar pérdidas económicas innecesarias al erario público [sic, el erario es siempre público], es procedente decretar la ocupación temporal inmediata de dichos polígonos”. 

Hugo Chávez solía caminar por las calles de Caracas y otras ciudades venezolanas ordenando “Exprópiese, exprópiese” cuando veía instalaciones comerciales, productivas o residenciales que le llamaban la atención o le provocaban codicia. Pocas veces se pagaban las indemnizaciones que ordenaba la ley y nunca se cubría el valor real. Quizá lo más triste es que el gobierno, por incapacidad o negligencia, no podía mantener vigentes los negocios, muchos de los cuales han quedado abandonados. Una de las razones de la tragedia económica de Venezuela ha sido la incertidumbre jurídica generada por estos despojos. 

En su afán de construir el Tren Maya a toda prisa, el presidente López Obrador también está violando derechos a diestra y siniestra. El proyecto no solo se está realizando sin un estudio de factibilidad económica, por lo que no sabemos si será rentable o no, sino también sin proyecto ejecutivo o manifestaciones de impacto ambiental. El trazo y las ubicaciones de las estaciones se han modificado de manera discrecional sin considerar las consecuencias. En un principio se pensó que la obra la realizaría la iniciativa privada, pero ante la perspectiva de pérdidas muy fuertes ninguna empresa quiso hacerla. El Presidente se la encargó primero a Fonatur y luego al Ejército. 

Quizá lo peor es que el Presidente se comporta cada vez más como un gobernante autoritario que descarta someterse a la ley cuando esta obstaculiza sus propósitos. Ahí está la decisión de desacatar una suspensión definitiva de un juez de distrito con el argumento de que el Tren Maya es un proyecto de seguridad nacional. Lo constatamos también ahora con la orden de “ocupación temporal inmediata” de predios sin que esta figura exista siquiera en nuestra legislación. 

Si bien preocupa el despojo, por lo menos el decreto señala que la Sedatu “debe proceder al pago de la indemnización a quien corresponda, en términos de la normatividad aplicable”. Pero eso no legitima la acción. El que se ordene la indemnización implica que la ocupación no es “temporal”: lo único temporal es la duración del despojo mientras se cumplen tardíamente los requisitos para la expropiación. La violación de la ley, sin embargo, es innegable. Una expropiación debe llevarse a cabo antes de la ocupación. 

En el fondo lo que más preocupa es tener a un presidente que no se molesta en guardar y hacer guardar las leyes emanadas de nuestra Constitución. Inquieta porque la ley es nuestra única protección contra los abusos del poder. 

Compranet

En 26 años nunca se había caído Compranet; ahora se ha suspendido sin que se aclaren las razones. Ayer el director de la Profeco “exhibió” a los “angelitos” que ganan más que el presidente; olvidó decir que suspender Compranet abre de par en par las puertas a la corrupción. 

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