Experto en los trances de metamorfosear la realidad, es decir, en dar gato por liebre, el ciudadano Javier Mendoza Márquez se ha dado su tiempo para responder a la Recomendación realizada por la CNDH, número 113 VG/2023, del 30 de junio del 2023.
Como usted recordará, “el 15 de enero de 2023, con motivo del parte informativo, presentado por personal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Celaya, a través del cual puso a disposición del Ministerio Publico competente de la Fiscalía Estatal de Guanajuato -a los Tamayenses detenidos- por los delitos de robo, lesiones, amenazas y daños, se dio inicio a la Carpeta de investigación… en la cual no se realizó solicitud de audiencia de control de detención ante el órgano Jurisdiccional competente”.
Un día después, el 16 de enero de 2023, “la Fiscalía Estatal, inició el Expediente con motivo de la queja presentada por Q (Quejoso), respecto del cual, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ejerció su facultad de atracción el 25 del mismo mes y año”. Por el tipo de hechos, y su impacto social, la Comisión Nacional de Derechos Humanos se hizo cargo de la investigación, recordemos las movilizaciones de los habitantes para ser escuchados por el Presidente de la República, y por la misma CNDH.
Casi siete meses después, el pasado martes 29 de agosto se realizó una audiencia en el Poder Judicial del Estado de Guanajuato, en los Juzgados Orales ubicados en Celaya, en relación a la carpeta de Investigación abierta a petición del municipio, para continuar con su querella en contra de los Tamayenses, a pesar que la CNDH –así lo explica-, realizó un análisis de los hechos y recopiló las pruebas que integran el expediente CNDH/212023/1362NG, y basado en ello, extendió la RECOMENDACIÓN al ciudadano Presidente municipal, “por las violaciones graves a los Derechos Humanos, a la legalidad, a la seguridad jurídica, y a la integridad y seguridad personal, con motivo del uso excesivo de la fuerza, cateo ilegal, detenciones arbitrarias y TORTURA, atribuible a elementos de la Secretaria de Seguridad Ciudadana de Celaya en Rincón de Tamayo”.
La AUDIENCIA inicial –que menciono- 3 días antes de la DISCULPA PÚBLICA, parecía tener un mensaje de amenaza y revictimización a los pobladores de Rincón de Tamayo, pero ocurrió de otra manera. En la audiencia solo dos policías municipales se presentaron, tres más han fallecido, y el resto no se presentó –al parecer forman parte del grupo que ha renunciado de enero a la fecha- por motivos no explicados, su ausencia seguramente reblandecerá sus denuncias, sobre todo porque la investigación que realizó la CNDH, y que está en la Recomendación, prácticamente echa por tierra la mayoría de testimonios que presentaron los policías. ¿Mintieron al Ministerio Publico?
En la audiencia de los 14 tamayenses inculpados, no se llevó a cabo, se presentaron todos –corrijo-, y por primera vez, pudieron verse cara a cara con los victimarios –policías-, quienes, a decir de testigos, leían apuradamente la declaración que habían dado inicialmente. Los pobladores salieron de la audiencia con una cita para el 27 de septiembre, pero con la confianza de que los hechos que les imputan caerán por su propio peso, y ese peso se llama DISCULPA PÚBLICA.
Tres días después, el viernes 1 de septiembre, el ciudadano Presidente municipal como primer acto de la RECOMENDACIÓN de la CNDH, casi siete meses después de la represión, hizo que el titular de la Secretaria de Seguridad Ciudadana de Celaya, extendiera la DISCULPA PÚBLICA a los tamayenses afectados y a sus familias “partiendo del reconocimiento de los hechos y la aceptación de responsabilidades por las violaciones graves a derechos humanos acreditadas” en la Recomendación. En ese sentido, la CNDH afirma que, “la disculpa pública, al constituir una medida de satisfacción…estará orientada a dignificar a las víctimas con un reconocimiento público de responsabilidad, por haber ocasionado las violaciones a derechos humanos y afectaciones de tipo colectivo en la comunidad de Rincón de Tamayo”.
Los medios de comunicación señalan que la DISCULPA PÚBLICA, realizada por el Secretario de Seguridad Ciudadana tardó menos de 5 minutos, y sin la presencia de las víctimas y sus familiares. Este acto, que pareciera inútil, va a desencadenar efectos jurídicos, veamos. Lo ocurrido fue muy grave y aún no termina. Quiero ir al detalle de la RECOMENDACIÓN, para que usted tenga una idea precisa de lo que está pendiente. La CNDH le recomienda al ciudadano Mendoza Márquez:
PRIMERA. Colaborar en el trámite ante la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas de Guanajuato, para la inscripción en el Registro Estatal de 6 Víctimas, a través de la noticia de hechos que se realice a esta Comisión Estatal con la presente Recomendación, y una vez que ésta emita el dictamen correspondiente… proceda a la inmediata reparación integral del daño… que incluya la medida de compensación, en términos de la Ley General de Víctimas.
SEGUNDA. En coordinación con la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas de Guanajuato… se otorgue la atención médica, psicológica y de rehabilitación a las víctimas, la cual deberá brindarse por personal especializado y ajeno a la autoridad municipal, previo consentimiento y de forma continua, inmediata y gratuita… así como proveerles de los medicamentos y materiales adecuados a sus padecimientos.
TERCERA. En el término de tres meses, contados a partir de la aceptación de la presente Recomendación, deberá ofrecer una disculpa pública a las víctimas y sus familiares, por las violaciones graves a derechos humanos cometidas en su agravio, y las afectaciones de tipo colectivo causadas con motivo del uso excesivo de la fuerza desplegado, la cual deberá llevarse a cabo siguiendo los estándares internacionales, que incluya la publicación de ésta y de la presente recomendación en medios locales y, en la página web oficial de la autoridad municipal por el período de un año. Esto se realizó parcialmente.
CUARTA. Colabore ampliamente en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente en contra de AR1 a AR38 (Persona Autoridad Responsable) y, quien resulte responsable, ante la CONTRALORIA MUNICIPAL. En este punto, hay señalamientos de personas específicas, la identidad no se hace pública por motivos procesales.
QUINTA. Colabore ampliamente en el trámite y seguimiento de la Carpeta de investigación que inicie la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, con motivo de la denuncia de hechos que esta Comisión Nacional presente en contra de AR1 a AR38 y, quien resulte responsable. En este punto, le comento que es la Fiscalía Estatal especializada de Asuntos Internos y Tortura, del juzgado Octavo de Distrito, en donde se investiga de oficio los delitos señalados por la CNDH, su RECOMENDACIÓN podrá ser una prueba plena. Las víctimas de la Comunidad de Tamayo, en esta Fiscalía, en el mes de julio pasado, han aportado más datos de prueba. También la aceptación del ciudadano presidente municipal de la RECOMENDACIÓN, y la DISCULPA PUBLICA en reconocimiento de los hechos, abonará a una resolución satisfactoria para las víctimas. Recordemos que uno de los delitos graves cometidos es por TORTURA.
SEXTA. Se diseñe e imparta, dentro del término de seis meses, contados a partir de la aceptación de la presente Recomendación, un curso integral en materia de derechos humanos en temas específicos sobre la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y el uso de la fuerza en el contexto de manifestaciones, dirigido a las personas servidoras públicas adscritas a la SSC de Celaya, de manera específica de AR1 a AR38.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política Federal, y el artículo 1° párrafo tercero, constitucional, la CNDH solicita la investigación que proceda por parte de las dependencias administrativas u otras autoridades competentes para que, conforme a sus atribuciones, se apliquen las sanciones conducentes y se subsane la irregularidad de que se trate. Igualmente, le solicita al Presidente municipal que, en su caso, las pruebas correspondientes al cumplimiento de la Recomendación las envíe, en el plazo legal.
Como usted se dará cuenta, hay varios asuntos de importancia, pendientes. El reconocimiento de los hechos, y la aceptación de responsabilidades por las violaciones graves a derechos humanos, acreditadas en la Recomendación, al momento de ofrecer la DISCULPA PUBLICA, abre tres caminos en el tema jurídico: uno, la audiencia pospuesta para el 27 de septiembre revelará si la finalidad es la intimidación a las víctimas, o la exposición pública y el sacrificio de los mandos policiacos menores, y revelará la ausencia de aquellos policías que tienen responsabilidad en las violaciones graves a los Derechos Humanos de los Tamayenses.
Otro, la investigación de la Fiscalía Estatal de Guanajuato realizada por oficio, y por la denuncia de hechos, realizada por la CNDH en contra de AR1 a R38 (autoridad responsable) y otros de la cadena de mando, tendrá que resolverse en el marco de la exhaustiva investigación realizada por la CNDH para extender la RECOMENDACIÓN, ya aceptada por parte del ciudadano Mendoza Márquez, lo cual implicará sanciones inevitables e inaplazables.
Ultimo, la Contraloría Municipal tendrá que realizar por primera vez una investigación sin omisiones y sin complicidades, y determinar la responsabilidad de los señalados en el punto CUATRO, antes citado. Su respuesta estará expuesta al escrutinio público nacional, y será un precedente más de su actuación.
La justicia en Celaya tiene una cita en contra de la impunidad y el mal gobierno.
Revolcadero.
Aumentó el precio del pasaje, aumentaron también los votos en contra del PAN. Beneficiaron a 13 familias de transportistas, y perjudicaron la economía de 145 mil usuarios.
¡Celaya necesita un buen gobierno!
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