El 15 de enero del 2021 fue un día de vergüenza para Celaya, la policía municipal entró a Rincón de Tamayo y con lujo de violencia detuvo, golpeó, reprimió a los pobladores, y en la comandancia (C4) torturaron a algunos de los detenidos.
El país, se enteró que no solo Celaya estaba corroída por la violencia y la criminalidad, sino también por una policía que violentó los derechos humanos de una comunidad indefensa.
Como usted recordará, “el 15 de enero de 2023, la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Celaya, “puso a disposición del Ministerio Publico de la Fiscalía Estatal de Guanajuato -a los Tamayenses detenidos- por los delitos de robo, lesiones, amenazas y daños, se dio inicio a la Carpeta de investigación… en la cual no se realizó solicitud de audiencia de control de detención ante el órgano Jurisdiccional competente”.
Un día después, el 16 de enero de 2023, “la Fiscalía Estatal, inició el Expediente con motivo de la queja presentada por Q (Quejoso), respecto del cual, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ejerció su facultad de atracción el 25 del mismo mes y año”. Por el tipo de hechos, y su impacto social, la CNDH se hizo cargo de la investigación.
Siete meses después, el 29 de agosto se realizó una audiencia en el Poder Judicial del Estado de Guanajuato, en los Juzgados Orales ubicados en Celaya, en relación a la carpeta de Investigación abierta a petición del municipio, para continuar con su querella en contra de los Tamayenses, a pesar que la CNDH –así lo explica-, realizó un análisis de los hechos y recopiló las pruebas que integran el expediente CNDH/212023/1362NG, y basado en ello, extendió la RECOMENDACIÓN al ciudadano Presidente municipal, “por las violaciones graves a los Derechos Humanos, a la legalidad, a la seguridad jurídica, y a la integridad y seguridad personal, con motivo del uso excesivo de la fuerza, cateo ilegal, detenciones arbitrarias y TORTURA, atribuible a elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Celaya en Rincón de Tamayo”.
En la audiencia solo dos policías municipales se presentaron, tres más han fallecido, y el resto no se presentó por motivos no explicados. Por esa razón no se llevó a cabo, y los citaron para el 27 de septiembre. La recomendación de la CNDH, prácticamente echa por tierra la mayoría de testimonios que presentaron los policías. ¿Mintieron? ¿Tenía sentido revictimizar a los tamayenses? ¿Si habían reconocido la RECOMENDACIÓN, por qué se negaron a conciliar?
Tres días después, el viernes 1 de septiembre, el ciudadano Presidente Municipal como primer COMPROMISO de la RECOMENDACIÓN de la CNDH, hizo que el titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Celaya, extendiera la DISCULPA PÚBLICA a los tamayenses afectados y a sus familias “partiendo del reconocimiento de los hechos y la aceptación de responsabilidades por las violaciones graves a derechos humanos acreditadas”. En ese sentido, la CNDH afirma que, “la disculpa pública, al constituir una medida de satisfacción…estará orientada a dignificar a las víctimas con un reconocimiento público de responsabilidad, por haber ocasionado las violaciones a derechos humanos y afectaciones de tipo colectivo en la comunidad de Rincón de Tamayo”. Dicha DISCULPA PÚBLICA, fue realizada por el Secretario de Seguridad Ciudadana, tardó menos de 5 minutos, y sin la presencia de las víctimas y sus familiares.
Al aceptar la RECOMENDACIÓN, el ciudadano Mendoza Márquez, se comprometió a:
PRIMERA. Colaborar en el trámite ante la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas de Guanajuato, para la inscripción en el REGISTRO ESTATAL DE 6 VÍCTIMAS, a través de la noticia de hechos que se realice a esta Comisión Estatal con la presente Recomendación, y una vez que ésta, emita el dictamen correspondiente… PROCEDA A LA INMEDIATA REPARACION DEL DAÑO… que incluya la medida de compensación, en términos de la Ley General de Víctimas. hasta la fecha la población afectada no ha confirmado que se haya realizado alguna acción en éste sentido.
SEGUNDA. En coordinación con la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas de Guanajuato… SE OTORGUE LA ATENCIÓN MÉDICA, PSICOLÓGICA Y DE REHABILITACION A LAS VÍCTIMAS, la cual deberá brindarse por personal especializado y ajeno a la autoridad municipal, previo consentimiento y de forma continua, inmediata y gratuita… así como proveerles de los medicamentos y materiales adecuados a sus padecimientos. Al día de hoy, no hay validación por parte de los afectados de dichas medidas.
TERCERA. En el término de tres meses, contados a partir de la aceptación de la presente Recomendación, deberá ofrecer una disculpa pública a las víctimas y sus familiares, por las violaciones graves a derechos humanos cometidas en su agravio, y las afectaciones de tipo colectivo causadas con motivo del uso excesivo de la fuerza desplegado, la cual deberá llevarse a cabo siguiendo los estándares internacionales, que incluya la publicación de ésta y de la presente recomendación en medios locales y, en la página web oficial de la autoridad municipal por el período de un año. Esto se realizó parcialmente.
CUARTA. Colabore ampliamente en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional de Derechos Humanos presente en contra de AR1 a AR38 (Persona Autoridad Responsable) y, quien resulte responsable, ante la CONTRALORÍA MUNICIPAL. En este punto, hay señalamientos de personas específicas, la identidad no se hace pública por motivos procesales. A la fecha no hay información pública de la Contraloría Municipal, sobre esta instrucción.
QUINTA. Colabore ampliamente en el trámite y seguimiento de la Carpeta de Investigación que inicie la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, con motivo de la denuncia de hechos que esta Comisión Nacional de Derechos Humanos presente en contra de AR1 a AR38 y, quien resulte responsable.
En este punto, le comento que es la Fiscalía Estatal especializada de Asuntos Internos y Tortura, del juzgado Octavo de Distrito, en donde se investiga de oficio los delitos señalados por la CNDH, una prueba determinante es la RECOMENDACIÓN DE LA CNDH -es prueba plena-, además, las víctimas de la Comunidad de Tamayo, en esta Fiscalía, en el mes de julio pasado, aportaron más datos de prueba. No hay que dejar de lado que la TORTURA es un delito grave que lastima a todo el país, y, sobre todo, viniendo de las instituciones de seguridad. Sobre este asunto no hay información pública de su seguimiento institucional.
SEXTA. Se diseñe e imparta, dentro del término de seis meses, contados a partir de la aceptación de la presente Recomendación, un curso integral en materia de derechos humanos en temas específicos sobre la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y el uso de la fuerza en el contexto de manifestaciones, dirigido a las personas servidoras públicas adscritas a la SSC de Celaya, de manera específica de AR1 a AR38.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política Federal, y el artículo 1° párrafo tercero, constitucional, la CNDH tiene atribuciones para solicitar la investigación que proceda por parte de las dependencias administrativas u otras autoridades competentes, y para que, conforme a sus atribuciones, se apliquen las sanciones conducentes y se subsane la irregularidad de que se trate. Igualmente, le solicitará al Presidente municipal -que, en su caso-, las pruebas correspondientes al cumplimiento de la Recomendación las envíe, en el plazo legal.
La investigación de la Fiscalía Estatal de Guanajuato realizada por oficio, y por la denuncia de hechos, realizada por la CNDH en contra de AR1 a R38 (autoridad responsable) y otros de la cadena de mando, tendrá que resolverse en el marco de la exhaustiva investigación realizada por la CNDH y la RECOMENDACIÓN, ya aceptada por parte del ciudadano Mendoza Márquez, lo cual implicará sanciones inevitables e inaplazables.
El 27 de septiembre, nuevamente se canceló la audiencia. A pesar de haber realizado la DISCULPA PÚBLICA y haber aceptado todo lo anterior, que recomendó la CNDH, insistió en mantener la denuncia y revictimizar a las 14 familias de Tamayo, y generar incertidumbre y miedo en la población. Se citó a otra audiencia, a pesar que la ausencia de los denunciantes del municipio, fue el pretexto para prolongar el proceso.
En este contexto, el jueves 9 de octubre se realizó la tercera audiencia en el Poder Judicial del Estado de Guanajuato, en los Juzgados Orales ubicados en Celaya, y se mandó a las partes a una audiencia de mediación, lo cual, ya no tendría sentido, en virtud de que el Municipio, al aceptar la RECOMENDACIÓN DE LA CNDH, acepta los eventos y los hechos que le dieron motivo, “ las violaciones graves a los Derechos Humanos, a la legalidad, a la seguridad jurídica, y a la integridad y seguridad personal, con motivo del uso excesivo de la fuerza, cateo ilegal, detenciones arbitrarias y TORTURA, atribuible a elementos de la Secretaria de Seguridad Ciudadana de Celaya en Rincón de Tamayo”.
Los delitos imputados a los pobladores, al leer de forma básica la investigación, y recomendación de la CNDH, se caen por si solos, además de las pruebas aportadas por la defensa. Y lo peor, resulta de una contradicción maligna, que el ciudadano presidente Mendoza Márquez, acepte las violaciones graves que reseño líneas arriba, y por otro lado, mantenga una presión psicológica, y omita la velada y latente amenaza a la integridad de los inculpados y sus familias, tal como lo señala la investigación de la CNDH, que hicieron los policías municipales.
Es decir, por razones humanitarias, éticas, morales, jurídicas el municipio debió retirar las imputaciones a las víctimas, y no revictimizarlos en un proceso que está a todas luces ya perdido, y que no tiene el menor sustento. Al ciudadano presidente se le olvida la razón y el espíritu de la ley y de nuestras instituciones, el bien del pueblo. Nuevamente violenta el derecho humano a una justicia
Y debo decirle, que el asunto no terminó en la audiencia, UN DÍA ANTES, el delegado municipal fue citado en la presidencia municipal para utilizarlo como mediador con las víctimas, y le ofreció el retiro de la denuncia municipal, y compensación económica a tres afectados, a cambio de que retiraran sus denuncias de la Fiscalía Estatal, pasando por alto, el punto Quinto de la recomendación, que cito líneas arriba: “Colabore ampliamente en el trámite y seguimiento de la Carpeta de Investigación que inicie la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, con motivo de la denuncia de hechos que esta Comisión Nacional presente en contra de AR1 a AR38 y, quien resulte responsable., y omitió que la Fiscalía Estatal especializada de Asuntos Internos y Tortura, del juzgado Octavo de Distrito, investiga de oficio los delitos señalados por la CNDH. Es decir, la trascendencia jurídica de los hechos reconocidos, y mucho menos, el delito de TORTURA, puede ser omitido, o disculpado, y mucho menos cuando fue aceptado.
Además, la compensación económica, debió de sujetarse a la RECOMENDACIÓN DE LA CNDH, y no como un acto de consideración o conmiseración a las víctimas, y esa propuesta reafirma que no han cumplido con los compromisos. Esa “conciliación” desde cualquier punto de vista era inapropiada, maliciosa porque estaba condicionada, a un intercambio sin sentido y al margen de la ley. Las víctimas fueron sorprendidas con esa noticia, y rechazaron la propuesta, por tres razones, la mediación fue equivocada, la propuesta era maliciosa, y al margen de la RECOMENDACIÓN DE LA CNDH, y el incumplimiento perverso.
El ciudadano Presidente Municipal Javier Mendoza Márquez, ha tocado fondo, revictimiza a los pobladores a pesar de haberles pedido una DISCULPA PÚBLICA, revictimiza a los jóvenes torturados, a las mujeres violentadas, a los abuelos vejados, a las familias aterrorizadas por la violencia. No ha cumplido con la RECOMENDACIÓN aceptada y firmada a nombre de todos los celayenses, busca retorcer los acuerdos y los compromisos, eso es inadmisible.
La posible solicitud de la REVOCACIÓN DE SU MANDATO cada día cobra mayor fuerza, intención y sentido. Su gobierno ya no representa al pueblo solidario, sensible, empático, justo y con un profundo sentido humanista. Esperemos rectifique, ya ha hecho mucho daño.
REVOLCADERO
No hay fecha que no se cumpla, plazo que no se venza, ni deuda que no se pague.