Por los acelerados ritmos que acabamos de ver en el Congreso de la Unión, es previsible que en los próximos días se publique en el Diario Oficial de la Federación la adición a la Ley de Amnistía (del 22 de abril del 2020) que ese órgano legislativo acaba de aprobar. Al día siguiente de la publicación del correspondiente decreto, el presidente de la República podrá otorgar directamente, y sin sujetarse al procedimiento previsto en la propia Ley, el beneficio de amnistía a quien considere que aportó “elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el estado mexicano”.
A diferencia de la Ley a la que el nuevo artículo se agrega, las futuras amnistías presidenciales podrán otorgarse sin ningún tipo de vinculación judicial o ministerial y respecto de cualquier delito, sin conllevar la reparación del daño para las víctimas de ellos. Expresado con claridad, el presidente podrá perdonar a los presuntos o declarados delincuentes por sí y ante sí, sin ningún tipo de control o medida, como no sea, desde luego, la de su propia voluntad.
Mediante tan escandalosa medida, los senadores y diputados del oficialismo le han otorgado a su líder la posibilidad de liberar a quienes los órganos de procuración e impartición de justicia hayan considerado como posibles o comprobados delincuentes. Le han otorgado también la posibilidad de ofrecer perdones en contra de sus enemigos o, como los nombra él, adversarios.
Frente a tan grave decisión legislativa, es altamente probable que los legisladores de la minoría inicien acciones de inconstitucionalidad, y que las víctimas y los ofendidos presenten demandas de amparo para reclamar, al menos, las correspondientes reparaciones del daño que dejaron de garantizárseles. Por otra parte, y con independencia de lo anterior, será muy interesante conocer lo que harán los juzgadores federales, inclusive mediante el ejercicio del control difuso. Si, en efecto, considerarán que la facultad otorgada al presidente tiene los alcances que el Congreso quiso darle, si le darán el rango de mera solicitud o si, por el contrario, la rechazarán de manera absoluta por no corresponder con la estructura de la división de poderes prevista en nuestra Constitución.
Pero más allá de los marcos jurídicos y judiciales, será por demás interesante conocer a quiénes y por qué tratará de amnistiar el presidente López Obrador en los 5 meses que le restan de gobierno. Como él lo ha señalado, ¿amnistiará sólo a quienes tengan información relevante sobre los hechos de Ayotzinapa? Y, en su caso, ¿cómo se allegará de tal información? También, ¿a qué datos les dará ese carácter? Como en tantos otros casos, es muy posible que el presidente termine distorsionando aún más las escasas bases existentes para el esclarecimiento de los hechos de Ayotzinapa. Desde ahora es previsible que la mala técnica y la inconstitucionalidad del nuevo artículo 9 impida que los informantes resulten amnistiados y que sus dichos trasciendan a los procesos judiciales.
Además de lo anterior, el instrumento de perdón otorgado por el Congreso al presidente puede mostrarnos -o tal vez confirmarnos- algo sobre el carácter de López Obrador. Parafraseando a la conocida frase evangélica, que por sus amnistías lo conozcamos. Que sus intentos de perdonar a ciertos procesados y sentenciados nos muestren una parte de la pasada y presente mecánica obradorista. La relación que tuvo y guarda con algunos personajes de entonces y de ahora. Entre los muchos espectáculos tragicómicos a que asistiremos en los meses por venir, el de las amnistías puede llegar a ser uno de los más destacados.
@JRCossio
* Ministro en retiro de la SCJN