Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia aplazó, por tiempo indefinido, su decisión sobre el nuevo etiquetado nutrimental con sellos de advertencia, implementado a partir de marzo de 2020, e impugnado por la industria de alimentos y bebidas.
La Segunda Sala de la Corte discutió en sesión privada, pero no voto, un proyecto que declara Constitucional tanto la reforma de 2019 a la Ley General de Salud para obligar a un etiquetado en la parte frontal de los productos, como los cambios a la Norma Oficial Mexicana (NOM) que impuso el sistema de sellos hexagonales y otras prohibiciones y advertencias.
Fuentes judiciales informaron que la mayoría de ministros pidió aplazar este amparo, de la empresa refresquera Desde el Corazón del Fruto, para que se resuelva en conjunto con al menos otro asunto que ya fue admitido a revisión por la Corte, de tal forma que se aborden todos los puntos de impugnación.
Las fuentes consideraron que ya no habrá tiempo para que el tema sea resuelto en 2022, pues a la Sala solo le quedan tres sesiones.
Apenas este martes, el presidente Andrés Manuel López Obrador había pronosticado, en su conferencia mañanera, que estos amparos “no van a prosperar, porque si los Ministros de la Corte aprueban algo en contra de la salud del pueblo pues no sé qué sucedería”.
Organizaciones sociales que han impulsado desde hace años esta versión del etiquetado, también llevaban varios días presionando a los Ministros para que nieguen los amparos, con desplegados de prensa y escritos presentados en la Corte.
(El propósito) es que el Estado agote los instrumentos a su alcance para hacer efectivo el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, así como el derecho a la protección de la salud de la población, para lo cual el sistema de etiquetado frontal puede ser uno de los medios para tal efecto, debido a que informa de manera veraz, rápida y simple sobre un exceso en algún ingrediente del producto que puede ser nocivo para la salud”, afirma el proyecto revisado hoy, que presentó la Ministra Yasmín Esquivel.
La industria sostiene que el nuevo etiquetado no informa adecuadamente a los consumidores, ya que sólo son alertas que no detallan el contenido de nutrientes, ni permiten comparar entre productos.
Las empresas también alegan que las Secretarías de Salud y Economía incurrieron en vicios de procedimiento durante el proceso de consulta para reformar la NOM, y cuestionan la prohibición de utilizar personajes, atletas o dibujos animados en los envases de alimentos que tienen sellos de advertencia, entre otros temas. La Corte ya admitió recientemente a trámite la revisión de otro amparo, de las empresas Herdez, Del Monte, McCormick de México y Nutrisa.
Cabe recordar que, en mayo de 2019, la Segunda Sala había avalado, por tres votos contra dos, la versión anterior del etiquetado, impugnada por organizaciones civiles, y la mayoría en ese caso consideró que el Poder Judicial debe mostrar cierta deferencia hacia las decisiones técnicas de especialistas en salud y nutrición del Gobierno.
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